Site Loader
Paseo de la Cuba, número 2, entreplanta, C.P. 02001, Albacete

CASO DE ÉXITO: DESPIDO NULO POR REPRESALIAS

despido nulo por represalias

Despido nulo por represalias. Antes de comenzar, decir que todos los datos fácticos (o de los hechos) ofrecidos en la presente publicación son inexactos, con el fin de dificultar cualquier identificación de las partes protagonistas de la situación que pasamos a relatar, y de centrarnos exclusivamente en el supuesto planteado.

Breve introducción del asunto.

En el supuesto que relatamos, la trabajadora prestaba servicios como operadora en una empresa, y en la cual sufrió discriminación respecto a otros compañeros de trabajo, y recorte de derechos. Ésta trabajadora comenzó a presentar numerosas reclamaciones ante el departamento de recursos humanos, reivindicando tanto sus derechos como sus días de vacaciones. A la vista de que se trataba de una trabajadora que peleaba por sus derechos y no paraba de reclamar, la empresa, cansada de ésta actitud, decidió terminar con sus reclamaciones mediante su despido.

La garantía de indemnidad, se define como la  prohibición de adoptar represalias, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado, contra una persona que realiza  formula alguna reclamación legítima con arreglo a la ley. Se trata de una vertiente del Derecho Fundamental a la Tutela Judicial Efectiva, del artículo 24.1 de la Constitución Española. En lo referente al derecho laboral, conlleva la prohibición de que el empresario adopte represalias contra el trabajador que defiende sus derechos.

LA LÍNEA DE DEFENSA Y CONCLUSIÓN DEL JUICIO

En sentencia dictada, el Juez titular del Juzgado de lo Social consideró que la concatenación temporal de los citados hechos-inidicios permitía que pudieran ser considerados como indiciarios de la existencia de una motivación reactiva a los mismos en la decisión empresarial. Existen indicios de que el despido pudo responder a las continuas reclamaciones efectuadas por la demandante (dirigidas a obtener la efectividad de sus derechos laborales), en particular en lo que se refiere a la jornada laboral y descanso vacacional.

Por ello, el juez terminó dictando sentencia por la que declaraba nulo el despido efectuado, condenando a la empresa:

* A la readmisión de la trabajadora en el mismo puesto que tenía con anterioridad al despido, con las mismas condiciones laborales.

* Al pago de los salarios de tramitación -esto es, aquellos que habría cobrado la trabajadora en caso de que hubiera estado trabajando mientras se tramitase el procedimiento judicial por despido-.

* Y al pago de una indemnización por lesión de su Derecho Fundamental a la Garantía de Indemnidad.

Si necesitas defensa en un asunto laboral, no dudes en ponerte en contacto con nosotros pulsando AQUI.

Nos leemos en el próximo post.

Autor: Eduardo Augusto Villena Motilla.

Director de la firma Albalegal Abogados y Abogado especializado en el derecho de las nuevas tecnologías, comercio electrónico, propiedad intelectual y protección de datos.

ALBALEGAL ABOGADOS es una firma legal especializada en derecho de las nuevas tecnologías, consultoría, auditoría y defensa en protección de datos y problemática de Webs, propiedad intelectual e industrial, contratación informática, ciberdelitos, derecho laboral y Seguridad Social.

Post Author: Eduardo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Facebook
Twitter
YouTube
LinkedIn
Instagram
Abrir chat
1
¿Hablamos?
Bienvenido a Albalegal Abogados
¿En qué podemos ayudarle?